REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

En este estado el ciudadano ABG. LENIN DEL GUIDICE GALEANO, Juez Quinto de Control, pasa a decidir y expone: este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE IMPONE al ciudadano YOVARDY NAZARET GONZÁLEZ APONTE, antes identificado, MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACION JUIDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de las previstas en los numerales 3º y 5º del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en la presentación cada quince días a firmar el libro de presentaciones llevados por este Despacho, así como la prohibición expresa de acercarse al lugar donde ocurrieron los hechos, todo por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal. SEGUNDO: Se Admite la solicitud del Representante del Ministerio Público en cuanto a que la presente causa se ventilada por la vía del procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se declara sin lugar la solicitud efectuada por la defensa pública en cuanto a la libertad sin restricciones de su representado. Se acuerdan las copias solicitadas por las partes. Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, en su oportunidad legal. La presente acta se fundamentará por auto separado, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente se acuerda librar los oficios correspondientes. Quedan notificadas las partes. Terminó, se leyó y firman conforme:
EL JUEZ,
ABG. LENIN DEL GUIDICE GALEANO.


LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO.


ABG. PAUDELIS SOLORZANO.


LA DEFENSA PÚBLICA 11°,


ABG. CARMEN EMPERATRIZ RODRIGUEZ.


EL IMPUTADO,


YOVARDY NAZARET GONZÁLEZ APONTE.


EL SECRETARIO,


ABG. ALEJANDRO MILLAN.