En esta misma fecha se dictó íntegro de la decisión medinate la cual se condena al acusado JOSE LUIS GONZALEZ a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y NUEVE (09) MESES de prisión mediante el procedimeinto especial por Admisión de los Hechos por encontrarlo culpable delos delitos de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal, manteniendose en libertad y se condena a cumplir con las penas accesorias del artículo 16 código penal y Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotropicas.