REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE EJECUCION
Macuto, 23 de julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2009-002674
2E-2095-09

Compete a este tribunal emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano JHONATHAN LEOBARDO MATOS ROMERO, quien es de nacionalidad venezolana, identificado con cédula de identidad Nº 21.195.291, de profesión u oficio estudiante, de estado civil soltero, residenciado en La Soublette, bloque 10, apartamento A-1 Catia La Mar, estado Vargas contra quien se llevó juicio por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el 80, segundo aparte del Código Penal.
En este sentido este tribunal observa:
Cursa a los folios 155 al 176 de la tercera pieza, sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas de fecha 19-06-2009, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano JHONATHAN LEOBARDO MATOS ROMERO de la acusación formulada en su contra por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el articulo 80, segundo aparte del Código Penal, por considerar que no existen elementos suficientes de convicción procesal que demuestren su culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal, pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el referido Tribunal de Juicio mediante auto de fecha 14-07-2009.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano JHONATHAN LEOBARDO MATOS ROMERO, antes identificado, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor en fecha 19-06-2009, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el articulo 80 segundo aparte del Código Penal.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano JHONATHAN LEOBARDO MATOS ROMERO.
EL JUEZ,


JUAN FERNANDO CONTRERAS
LA SECRETARIA,


ABG. YUMAIRA REQUENA

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la anterior sentencia.

LA SECRETARIA,


ABG. YUMAIRA REQUENA