REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 23 de Julio de 2009.
199° y 150°

Visto el anterior libelo de demanda, así como la diligencia suscrita por el ciudadano EUGENIO RAFAEL AGAMEZ VALIENTE, titular de la cédula de identidad N° V-11.933.497, asistido por el abogado en ejercicio HECTOR DE JESÚS PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 91.635, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la admite. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadano ALBERTO ENRIQUE AGAMEZ VALIENTE, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.256.176, para que comparezca por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., del segundo (2do.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra. Compúlsese el libelo de demanda y con la orden de comparecencia al pié, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación de la parte demandada. Cúmplase.-
LA JUEZ TITULAR,

LIZBETH ALVARADO FRIAS
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA ALEJANDRA GONZÁLEZ
En esta misma fecha se libró la orden de comparecencia a la parte demandada y se insta a la parte actora a consignar copias fotostáticas del libelo de demanda y auto de admisión, a los fines de elaboración de la compulsa.
LA SECRETARIA,
LAF/MAG/ds.
Exp. Nro. 9628.