REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, dos (02) de julio del dos mil nueve (2009)
199° y 150°

ASUNTO N° WP11-L-2009-000158


Vista la anterior demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS ADEUDADOS y su subsanación, suscrita en esta misma fecha, por la Profesional del Derecho MARIA DOS SANTOS, en su carácter de Apoderada Judicial del Ciudadano SANTOS RAMÓN ROMERO AVILAN; y vista las Resoluciones Nº 200/2009 emanada de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual se Resuelve: “PRIMERO: El Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial del estado Vargas, tendrá despacho sin audiencias durante el día lunes veintinueve (29) de junio de dos mil nueve (2009). SEGUNDO: Queda diferido todo pronunciamiento que deba emitir el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas, en las distintas causas que conoce, durante el día veintinueve (29) de junio de dos mil nueve (2009); para el día de despacho en el cual se reincorpore el Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ, a su cargo como Juez Titular del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial”; y Nº 201/2009 de fecha treinta (30) de junio del año en curso, emanada de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual se Resuelve: “PRIMERO: El Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial del estado Vargas, tendrá despacho sin audiencias durante los días martes treinta (30) de junio y miércoles primero (01º) de julio del año dos mil nueve (2009) . SEGUNDO: Queda diferido todo pronunciamiento que deba emitir el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas, en las distintas causas que conoce, durante los días treinta (30) de junio, primero (01°) de julio del año dos mil nueve (2009) ; para el día de despacho en el cual se reincorpore el Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ, a su cargo como Juez Titular del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; este Tribunal Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución,





LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante Cartel de Notificación, a las empresas demandadas ALIMENTOS FRISA, C.A y TRANSPORTE DOLE C.A; en la persona de los Ciudadanos FANNY GARCIA o JOSE ABREU en su carácter de Propietaria de las empresas y Jefe Inmediato y Despachador respectivamente, de las referidas empresa; a fin de que comparezca por ante el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, asistido de abogado o representado por medio de apoderado, con las facultades expresas de convenir, desistir, transigir, comprometer en árbitros, solicitar la decisión según la equidad y disponer del derecho en litigio a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.) DEL DÉCIMO (10°) DÍA HÁBIL SIGUIENTE, transcurrido como haya sido un (01) día continuo que se le concede a las empresas demandadas, como término de la distancia al de la constancia que ponga el Secretario en autos, de haber cumplido con dicha actuación, a los efectos de que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR. Igualmente, se le hace saber a las partes, que deberán consignar sus escritos de pruebas y elementos probatorios (debidamente organizados) en la oportunidad del inicio de la audiencia preliminar, a los fines de procurar la mediación, para lo cual se insta a las partes acudir personalmente acompañados de las personas que tengan conocimiento de los hechos. Entréguese al Alguacil la orden de comparecencia a los fines de que practique la Notificación ordenada. Líbrese Cartel. Por cuanto la dirección de las empresas se encuentra fuera de la Jurisdicción del Estado Vargas, y con la finalidad de facilitar el acceso a la Justicia y a la Tutela Judicial Efectiva, este Tribunal en consecuencia, ordena Exhortar al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, a los fines de que se sirva notificar a la empresa demandada
EL JUEZ

Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ
LA SECRETARIA

Abg. ÁNGELA PADRÓN

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

Abg. ÁNGELA PADRÓN

AR/AP/PABLO
WP11-L-2009-000158