REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, dos (02) de julio del dos mil nueve (2009)
199° y 150°

ASUNTO N° WP11-S-2009-000057


Vista la anterior Transacción, presentada por el Ciudadano SIMÓN CASTILLO, asistido por el Profesional del Derecho CARLOS AGUILERA, por una parte, y por la otra, el Profesional del Derecho EDGAR BLANCO, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa CONSTRUCTORA EDIFICAR, C.A., y vista las Resoluciones Nº 200/2009 emanada de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual se Resuelve: “PRIMERO: El Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial del estado Vargas, tendrá despacho sin audiencias durante el día lunes veintinueve (29) de junio de dos mil nueve (2009). SEGUNDO: Queda diferido todo pronunciamiento que deba emitir el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas, en las distintas causas que conoce, durante el día veintinueve (29) de junio de dos mil nueve (2009); para el día de despacho en el cual se reincorpore el Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ, a su cargo como Juez Titular del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial”; y Nº 201/2009 de fecha treinta (30) de junio del año en curso, emanada de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual se Resuelve: “PRIMERO: El Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial del estado Vargas, tendrá despacho sin audiencias durante los días martes treinta (30) de junio, miércoles primero (01º) de julio de dos mil nueve (2009). SEGUNDO: Queda diferido todo pronunciamiento que deba emitir el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas, en las distintas causas que conoce, durante los días treinta (30) de junio, primero (01º) de julio de dos mil nueve (2009); para el día de despacho en el cual se reincorpore el Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ, a su cargo como Juez Provisorio del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.”;
este Tribunal, por cuanto la referida Transacción es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; y tiende a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes; igualmente, por cuanto la misma comprende los derechos involucrados y una relación circunstanciada de los hechos que la motivan, asimismo, no es contraria a derecho, y se adapta a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por la Sala Social de nuestro Tribunal Supremo de Justicia; y de conformidad con lo previsto en el numero 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 255, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 3° Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo y 11 de su Reglamento, y por autoridad de la Ley declara: Por cuanto no se vulneraron derechos irrenunciables del Ciudadano SIMÓN CASTILLO, identificado ut supra, ni normas de orden público, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada. Por consiguiente, declara terminado el asunto e igualmente ordena el cierre y el archivo del expediente. Cúmplase lo ordenado.

EL JUEZ PROVISORIO

Dr. ARNALDO RODRIGUEZ LEÓN
LA SECRETARIA

Abg. ANGELA PADRÓN






Partes: SIMÓN CASTILLO vs. CONSTRUCTORA EDIFICAR, C.A.
Motivo: TRANSACCIÓN
ARL/AP/Angel*
WP11-S-2009-000057