REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, veintiuno (21) de Julio del dos mil nueve (2009)
199° y 150°

ASUNTO N° WP11-L-2008-000334

Visto el escrito y la diligencia de fechas dieciséis (16) de julio del presente año, suscritos por la Profesional del Derecho MARIA DOS SANTOS, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual indica en el escrito que “ DESISTE SOBRE LA REINCORPORACIÓN del trabajador a su puesto de trabajo reservándose el derecho de accionar por vía ordinaria, el cumplimiento forzoso de la obligación de pagar los salarios dejados de percibir y el resto de las prestaciones derivadas de la terminación de la relación de trabajo por despido injustificado.” y en la diligencia solicita copias certificadas de la totalidad del presente expediente; este Tribunal, en consecuencia, primero homologa el desistimiento en los términos planteados y segundo acuerda lo solicitado ordenando expedir las copias certificadas solicitadas, así como de la diligencia que las solicita y del presente auto, todo de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del Artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Artículo 22 eiusdem y el Artículo 1° de la Ley de Sellos. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ

Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ LEÓN
LA SECRETARIA


Abg. ÁNGELA PADRÓN





ARL/AP/Pablo
WP11-L-2008-000334