REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y
DE PROTECCIÒN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 29 de junio de 2009
199° y 150°
La Secretaria del Tribunal dio cuenta al ciudadano Juez de la recepción del presente expediente, procedente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil, contentivo de la pretensión MERODECLARATIVA DE EXISTENCIA DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana MAURA RAMONA GUAICARA PARUCHO, en contra de la SUCESIÓN DE SIMÓN TADEO GUAICARA, que se sustancia en el expediente Nº 11184 nomenclatura de ese Juzgado; el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión interlocutoria dictada en fecha 19/05/09 en la cual declaró Inadmisible la Tacha Incidental. Désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por este Tribunal; en consecuencia, se fija el DECIMO (10º) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito en cualquier hora de las destinadas por este tribunal para despachar de acuerdo a lo establecido en el artículo 517 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
Dr. IDELFONSO IFILL PINO.
LA SECRETARIA
Abg. MARYSABEL BOCARANDA
En esta misma fecha se le dio entrada al expediente y quedó anotado con el N° 1876, nomenclatura de este tribunal.-
LA SECRETARIA
Abg. MARYSABEL BOCARANDA
IIP/Mb.-
Exp. Nº1876.-
Acción Merodeclarativa.-