REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 16 de junio del 2009
198º y 150º
Vista la anterior solicitud de RECTIFICACION DE ACTAS DE NACIMIENTO y los recaudos acompañados, presentada por la abogada JENNETTE ROMERO DE V., Inpreabogado Nº 82.230, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadano: URANIA MARGARITA PEREZ DE SOLORZANO, IRIS LEONOR PEREZ, INES MARIA PEREZ DE ANTEQUERA, MARIA JOSEFINA PEREZ DE SILVERIO Y GARY JOSE PEREZ, Venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº 4.557.560, 5.091.362, 4.117.082, 3.248.894 y 6.470.105, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley la admite, fórmese expediente y anótese en el Libro respectivo. El Tribunal antes de proveer acerca de las Rectificaciones solicitadas, ordena la notificación de la Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil. A tal efecto, líbrese boleta de notificación y anexo a copia certificada de la solicitud, entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la notificación.
LA JUEZ,

DRA. MERCEDES SOLORZANO. LA SECRETARIA.

YASMILA PAREDES.
En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el N° 7997, la boleta de notificación y la copia certificada.
LA SECRETARIA,

YASMILA PAREDES
MS./YP/yanira.
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