JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, nueve de Junio de Dos Mil Nueve.
199º y 150º

Vista la Transacción celebrada en fecha 08 de junio de 2009, por el ciudadano MANUEL AUGUSTO BUITRAGO MONSALVE, asistido por el abogado JOSE ECTELIO GOMEZ COLMENARES, parte demandante, por una parte y por la otra parte las abogadas GLADYS ELENA BAUTISTA LEON y JESUS MARIA COLMENARES VALERO, apoderadas judiciales de la ciudadana ANA OLIVA MORA ROJAS, parte demandada. En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA TRANSACCIÓN CELEBRADA, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así mismo se levanta la Medida de Prohibición Enajenar y Gravar, decretada por auto de fecha 11 de junio de 2007, y participada con oficio N° 1153, de fecha 09 de julio de 2007, al Registrador Público Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. Librese Oficio al Registrador correspondiente. Igualmente por cuanto no hay más actuaciones que realizar se da por terminada la presente causa, y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA

LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS.