REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
199 ° y 150 °
ASUNTO: SP01-L-2009-000320
PARTE ACTORA: La ciudadana KATHERINE DEL VALLE ZAMBRANO DE VALERO titular de las Cedula de N°.V.- 9.344.007.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: FANNY DUNLLIN LIMA GAMEZ, LUIS EDUARDO MEDINA GALLANTI, RENZO BENAVIDES LIZARAZO, MARIA ANTONIA ANDREU SUAREZ, JONATHAN RAFAEL ARAQUE RODRIGUEZ, KARLASILENY SOSA MORENO, JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, NELLY YORLEY CASTAÑEDA CASTELLANOS, ADRIANA ISABEL RODRIGUEZ MONTOYA y ELIANA DEL MAR VELASQUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.491.504, V-12.630.587, V-10.146.414, V-11.503.663, V-14.546.527, V-14-606.444, V-15.028.535, V-13.693.127, V-12.229.672, V-13.712.487 y V-11.320.212 respectivamente, con Inpreabogado Nros.73.645, 75.666, 48.448, 66.900, 97.378, 97.375, 111.036, 97.433, 97.697, 97.951 y 67.369 en su orden.
PARTE DEMANDADA: La ciudadana YAMILE XIOMARA BECERRA MEDINA, titular de la cédula de identidad Nro.V- 5.674.787, propietaria de la firma personal GUARDERIA MUNDO DE SUEÑOS FANTASIA.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MANUEL ANTONIO SALAS FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro.V-2.893.404, con Inpreabogado Nro.44.326.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, Quince (15) de Junio de 2009, siendo las 9 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, la apoderada judicial de la parte demandante ciudadana ADRIANA ISABEL RODRIGUEZ MONTOYA, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.712.487, con Inpreabogado Nro.97.951, tal como consta en poder otorgado ante la Notaria Pública Primera de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 08 de mayo de 2.009, anotado bajo el Nro.42, tomo 68, que se encuentra agregado a los folios 04 y 05 del expediente, el apoderado judicial de la parte demandada ciudadano MANUEL ANTONIO SALAS FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro.V-2.893.404, con Inpreabogado Nro.44.326, tal como consta en poder apud acta de fecha 10 de junio de 2009, que se encuentra agregado a los folios 14 y 15 del expediente. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los conceptos demandados: La parte demandada pagará a la ciudadana KATHERINE DEL VALLE ZAMBRANO DE VALERO titular de las Cedula de N°.V.- 9.344.007, la suma de DOS MIL BOLÍVARES (Bs.2.000,00), en dos cuotas de Bs.1.000,00 cada una, en fechas 30-06-2009 y 31-07-2009, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a favor de la Trabajadora. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por concepto de la relación laboral, ni por ningún otro concepto derivado de ella. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
LA JUEZ
ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO. LA SECRETARIA
Los Presentes, MONICA GUERRERO
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA:
ADRIANA ISABEL RODRIGUEZ MONTOYA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA:
MANUEL ANTONIO SALAS FIGUEREDO
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