REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio.
199º y 150º

Mediante escrito presentado ante este Despacho Judicial en fecha 03 de junio de 2009, por los ciudadanos JOSE TEOFILO HERNANDEZ y DIGNA MARIA SIBULO DE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares en su orden de la cédula de identidad No.V-3.008.244 y V-1.589.190, casados, domiciliados en Villa Hermosa, Municipio Independencia del Estado Táchira, civilmente hábiles, asistidos por la abogada en ejercicio de su profesión Evelin Zulay Chacón de Sayago, venezolana, titular de la cédula de identidad No.V-7.656.270, inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.28.490; solicitaron la Rectificación de su Acta de Matrimonio No.147 de fecha 23 de diciembre de 1.987, celebrado ante la Prefectura del entonces Distrito Bolívar del Estado Táchira, por cuanto el número de cédula de identidad del primero de los solicitantes es V-3.008.244 y no V-3.088.244, como erróneamente aparece en la indicada acta.
A su solicitud acompañaron los siguientes documentos:
Fotocopia simple de la cédula de identidad del ciudadano JOSE TEOFILO HERNANDEZ y de la cédula de identidad de la ciudadana DIGNA MARIA SIBULO DE HERNANDEZ, ya identificados.
Copia certificada del Acta de Matrimonio No.147 de fecha 23 de diciembre de 1987, por ante el Prefecto Civil del entonces Distrito Bolívar del Estado Táchira, hoy Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira.
Original de Ficha Alfabética, expedida a nombre del ciudadano JOSE TEOFILO HERNANDEZ, por la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central, Departamento de Datos Filiatorios ONIDEX Rubio, Estado Táchira, de fecha 05 de mayo de 2009.
Copia certificada de la Partida de Nacimiento No.4640, expedida por el Prefecto del entonces Municipio la Concordia, Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 05 de octubre de 1982, a nombre de WILLIAM ALEXANDER.
Copia certificada de la Partida de Nacimiento No.991, expedida por la Prefecto de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 16 de octubre de 1.997, a nombre de SANTOS JOSÉ.

La solicitud fue admitida en fecha 08 de Junio de 2009 y conforme a lo acordado, se libró boleta de Notificación a la Fiscal XV del Ministerio Público.
En fecha 18 de Junio de 2009 (fl.11) el Alguacil de este Tribunal consignó boleta de notificación firmada por la Fiscal XV del Ministerio Público.
En igual fecha, la ciudadana Fiscal, Laura Cristina Gallanti Bertaggia, en la sede de este Juzgado de Municipio, diligenció manifestando que no hay objeción que hacer a la solicitud presentada.

PRUEBAS APORTADAS POR LOS SOLICITANTES
Fotocopia simple de la cédula de identidad del ciudadano JOSE TEOFILO HERNANDEZ y de la cédula de identidad de la ciudadana DIGNA MARIA SIBULO DE HERNANDEZ, ya supra identificados.
Copia certificada del Acta de Matrimonio No.147 de fecha 23 de diciembre de 1987, expedida por el Prefecto Civil del entonces Distrito Bolívar del Estado Táchira, hoy Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira.
Original de Ficha Alfabética, expedida a nombre del ciudadano JOSE TEOFILO HERNANDEZ, por la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central, Departamento de Datos Filiatorios ONIDEX Rubio del Estado Táchira, de fecha 05 de mayo de 2009.
Copia certificada de la Partida de Nacimiento No.4640, expedida por el Prefecto del entonces Municipio la Concordia, Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 05 de octubre de 1982, a nombre de WILLIAM ALEXANDER.
Copia certificada de la Partida de Nacimiento No.991, expedida por la Prefecto de la Parroquia Pedro María Morantes, del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 16 de octubre de 1.997, a nombre de SANTOS JOSÉ.
Los indicados documentos son valorados por este Juzgador de conformidad con lo establecido en el artículo 1.357 del Código Civil Venezolano y artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, por ser documentos expedidos por funcionarios facultados para ello.
Dispone el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente:
“En los casos de errores materiales cometidos en las actas del Registro Civil, tales como cambio de letra, palabras mal escritas o escritas son errores ortográficos, transcripción errónea de apellidos, traducciones de nombre, y otros semejantes, el procedimiento se reducirá a demostrar ante el Juez la existencia del error, por lo medios de prueba admisibles, y el Juez con conocimiento de causa resolverá lo que considere conveniente” (cursivas del Tribunal)
En la presente causa este operador de Justicia, considera que está suficientemente demostrada la existencia del error material en el Acta de Matrimonio No.147 de fecha 23 de diciembre de 1987, expedida por el Prefecto Civil del entonces Distrito Bolívar del Estado Táchira, hoy Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira; en el sentido, que el número de cédula de identidad del ciudadano JOSE TEOFILO HERNANDEZ figura como sigue: No.3.088.244, como erróneamente se transcribió, siendo lo correcto Nº 3.008.244. Así se decide.
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sobre la base de los artículos 26 y 49 Constitucionales, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la Rectificación del Acta de Matrimonio No.147 de fecha 23 de diciembre de 1987, perteneciente a los ciudadanos JOSE TEOFILO HERNANDEZ Y DIGNA MARIA SIBULO DE HERNANDEZ, expedida por el Prefecto Civil del entonces Distrito Bolívar del Estado Táchira, hoy Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira. En consecuencia, se Ordena al REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DEL ESTADO TÁCHIRA, colocar la respectiva nota marginal en la referida Acta de Matrimonio. Ofíciese lo conducente al indicado Registro.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Antonio del Táchira, a los 25 días del mes de Junio de 2009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Titular.


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria Titular.

Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas.

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m) dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Secretaria.