REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 29 de junio de 2009.
199º y 150º
Visto el escrito presentado por los ciudadanos JHONNY ALBERTO FIALLO JACOME y NANCY JANETH CONTRERAS PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.133.075 y V-12.974.746 respectivamente, asistidos por la Abogada NATHALY BERMUDEZ BRICEÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.453, con el carácter de Defensora Pública Segunda para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; en fecha 19 de junio de 2009, constante de dos (2) folios útiles, junto con anexos en tres (03) folios útiles; contentivo del acta de la fijación de la Obligación de Manutención suscrita por los prenombrados ciudadanos. En consecuencia se admite cuanto ha lugar en derecho, el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, ante este Despacho, a favor de las adolescentes … fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y sígase el curso de Ley correspondiente. Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, le imparte su HOMOLOGACION dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº _______/2009, se notificó al Fiscal del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se publicó siendo las ___________ del día veintinueve (29) de junio de dos mil nueve, quedando registrada bajo el Nº _________.
Abg. Maurima Molina C. / Secretaria
BYVM/lcm.