En el día de hoy, Jueves once de Junio de dos mil nueve, siendo las 11:50 a.m, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte Querellante Abogado CARLOS ARTURO UTRERA RAMIREZ, titular de la C.I. N° V-9.235.405, e inscrito en el inpreabogado bajo el N°. 28.306, quien actúa por sus propios derechos y como Presidente de la Sociedad de Comercio LA CASTELLANA COUNTRY CLUB, C.A. è indicó a este Tribunal la siguiente dirección Inmueble consistente en una Porción de terreno ubicado el la Aldea Paramillo Parroquia San Juan Bautista en el sector conocido antes como Cueva del Oso, hoy sector La Castellana, exactamente donde queda el tanque del INOS del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la ejecución del DECRETO DE AMPARO A LA POSESIÓN acordado en el JUICIO que por QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO A LA POSESION se sigue contra el ciudadano GERSON GIOVANNY MORA ZAMORA, en el expediente Nº 33.959-2009 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DIAZ Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y la Jueza procede a nombrar un perito al ciudadano LEON ALFONSO SILVA, titular de la cedula de identidad N°V.- 5.653.667, quien manifiesta aceptar el nombramiento y procede a realizar el juramento de ley; el perito aquí designado indica que realizará la medición con cinta métrica quien expone: “ En este acto procedo a realizar medición del terreno ya descrito, el cual previo recorrido realizado se puede constatar que los metros arrojados en los linderos de p-6 a p-7 son aproximadamente trescientos veinte cinco metros (325,00mts.) es todo”, Así mismo se deja constancia que la jueza recorrió todo el lindero constatándose que no existe en el mencionado terreno ninguna edificación o similares, además de no encontrarse en el sitio persona alguna, por lo cual Ordena se libre boleta de Notificación y que sea fijado su original en el árbol que se encuentra en el lindero oeste vía al camino que conduce al tanque del INOS y ordena se anexe a la presente la copia al carbón, De este modo. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 12:30 p.m. regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.


LA JUEZA TEMPORAL


ABG. ZULAY COROMOTO RIVAS PZCHECO.


LA PARTE QUERELLANTE,


ABG. CARLOS ARTURO UTRERA RAMIREZ



EL FUNCIONARIO POLICIAL,


CABO 1° CHARLES VICTOR MORA DIAZ

EL PERITO

LEON ALFONSO SILVA


LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL



ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON