Siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30), del día de hoy miércoles, diecisiete (17) de junio de dos mil nueve (2009), en horas de Despacho se traslado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios García de Hevia, Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simon Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y se constituyo en un inmueble ubicado en el sector Aldea Caño de Plátano, casa sin numero, Vía Principal, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, lugar que señalo el Abogado Elbano Antonio Carrillo Rivas, cedula de identidad N°: 3.795.245, actuando en este acto como Presidente de la Fundación para el Desarrollo Social del Estado Táchira (FUNDES-TÁCHIRA), Asistido en este acto por el Abogado Jorge Enrique Cruz, cedula de identidad N° V: 4.627.338, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°:67.445, todo con el fin de dar cumplimiento a la Comisión de Inspección Judicial acordada por el Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sobre el inmueble en el cual se encuentra constituido este Despacho Judicial, Solicitud N°: 13.807, Constituido este Juzgado, se procedió a Notificar de la presencia y objeto del mismo a unos ciudadanos que se identificaron así: Luz Marina Duarte Escalante, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V:23.827.356, y Luis Alfonso García, colombiano, portador de la cedula de ciudadanía 13.475.446, quienes manifestaron ser los ocupantes del inmueble objeto de la presente inspección. En este estado el solicitante de la inspección Judicial ciudadano: Elbano Antonio Carrillo Rivas, Supra identificado, debidamente Asistido por el Abogado Jorge Enrique Cruz, ya identificado, solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso:” Solicito muy respetuosamente a este digno tribunal de cumplimiento a la presente comisión conferida por el Juzgado de la Causa, en consecuencia se deje constancia de los particulares solicitados en el escrito que corre inserto al folio uno (01), de la presente comisión. Es todo”. Este Juzgado Ejecutor de Medidas dando cumplimiento estricto a la presente Comisión y vista la exposición efect5uada por el solicitante, se procede a dejar constancia de los particulares señalados en el escrito de solicitud de la siguiente forma: En cuanto al numeral 1.- El inmueble de la presente inspección se encuentra en regulares condiciones de uso, mantenimiento y conservación. La misma se encuentra construida en paredes de bloque de cemento debidamente frisada y pintadas, pisos de cemento pulido, puertas y rejas de protección en hierro, posee un patio trasero con piso de cemento rustico, techo de zinc con estructura en parte de tubo de hierro y en parte de varetas de madera, posee tres (03) habitaciones, dos (02) baños, uno interno y uno externo, sala, porche, un salón de usos múltiples, posee instalaciones eléctricas externas, aguas blancas por acueducto y pozo séptico, posee un área para estacionamiento para un (01) vehiculo. En cuanto al numeral 2.- El Tribunal deja constancia de que en el presente inmueble se encuentra ocupado por las siguientes personas: Luis Alfonso García, colombiano, mayor de edad, titular de la cedula de ciudadanía 13.475.446, Duarte Escalante Luz Marina, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V: 23.827.356, Luis Andrés García Duarte, venezolano, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V: 25.496.330, Sandra Vanesa García Duarte, venezolana, menor de edad, titular de la cedula de identidad N° V:25.496.329, Alberto Alfonso García, menor de edad, de un año y tres meses; igualmente se deja constancia de que en el presente inmueble no funciona alguna institución u órgano publico o privado. En cuanto al particular Numero 3.- El Tribunal deja constancia de que el inmueble objeto de la presente inspección se encuentra ocupado por tres (03) ciudadanos mayores de edad y dos (02) personas menores de edad. En cuanto al numeral 4.- No se presento ningún otro particular. Es todo. Cumplida la presente Comisión de Inspección Judicial, se le dio lectura al acta y se firma.
Se acuerda regresar a la sede natural de este Juzgado, siendo las 12:00 del medio día.-

El Juez Ejecutor
Abg. Rafael M. Nieto R.-

El Solicitante
Elbano Carrillo

El Abogado Asistente
Jorge Enrique Cruz

Los Notificados
(se negaron a firmar)

La Secretaria
Abg. Trineima Y. Padilla C.-

Comisión: C-937-2009.-
Solicitud:13.807.-