REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

En este estado la ciudadana ABG. LENIN DEL GUIDICE GALEANO, Juez Quinto de Control, pasa a decidir y expone: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público, en el sentido de que se ratifique las medidas de protección y de seguridad, a favor de la ciudadana Yelitza Pepper, tipificada en el artículo 87 de la ley de géneros, en sus ordinales 5º y 6º, que consiste el primer ordinal en: 5º.-Prohibir o restringir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida, en consecuencia, imponer al presunto agresor la prohibición de acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida. 6º.- Prohibir que el presunto agresor, por sí mismo o por terceras personas, no realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia. Así mismo este Tribunal acuerda imponerle al ciudadano REIMUNDO JOSE FAJARDO RUIZ, la Medida Cautelar prevista en el artículo 92 ordinal 7° de la Ley Especial, que consiste en imponer al presunto agresor la obligación de asistir a un centro especializado en materia de violencia de género, por la presunta comisión de los delitos, de VIOLENCIA FISICA, PSICOLOGICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 42, 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, respectivamente. SEGUNDO: Se acuerda con lugar la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por el procedimiento Especial de conformidad con lo establecido en el artículo 94 ejusdem. TERCERO: Se declara sin lugar la solicitud de libertad sin restricciones al hoy imputado, incoada por la Defensa Pública. Se acuerdan expedir las copias requeridas por las partes y se ordena remitir la presente causa a la Fiscalía Cuarta en su oportunidad legal. La presente acta se fundamentará por auto separado, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente se acuerda librar los oficios correspondientes. Quedan notificadas las partes. Se declara concluida la presente audiencia siendo las Tres y cincuenta (03:50) horas de la tarde. Terminó, se leyó y firman conforme:
EL JUEZ,


ABG. LENIN DEL GUIDICE GALEANO
LA FISCAL 4º A. DEL M.P.

Dra. MILAGRO GOITIA.
LA DEFENSORA PÚBLICA 5º,

Dr. EDUARDO PERDOMO

LA VICTIMA

YELITZA JOSEFINA PEPPER
EL IMPUTADO,

REIMUNDO JOSE FAJARDO RUIZ
EL SECRETARIO,



ABG. ALEJANDRO MILLAN
MERS/nuvis