REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo
Penal en Funciones de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 11 de Junio de 2009
198º y 150º


ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2004-000554
ASUNTO : WP01-P-2004-000554


Compete a este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano ROBIN RAFAEL SALAZAR NARVAEZ, de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 15 de Agosto de 1983, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio funcionario del Instituto Autónomo de Policía y Circulación del Estado Vargas, hijo de Yumar Salazar y de Pedro Salazar, titular de la cédula de identidad N° V-15.831.808, domiciliado en la Esperanza ¡! Vereda 04, Casa N° 01, Parroquia Carayaca Estado Vargas a quien se le siguió juicio por la comisión del delito del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 47 al 60, sentencia publicada por el Tribunal Unipersonal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en fecha 21 de Mayo de 2009, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano ROBIN RAFAEL SALAZAR NARVAEZ, de la acusación formulada en su contra por la Representación de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal. por considerar que no existían elementos suficientes de convicción procesal que demostraran la culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal del imputado en los hechos señalados, pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el citado Tribunal, mediante auto de fecha 06 de Abril de 2009.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR su exclusión de pantalla cualquier registro policial que se presente en relación a esta causa y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA al ciudadano ROBIN RAFAEL SALAZAR NARVAEZ arriba identificado, a quien se le siguió juicio por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en virtud de haber dictado el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, sentencia absolutoria a su favor, en fecha 21 de Mayo de 2009.

Regístrese, Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminológicas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano ROBIN RAFAEL SALAZAR NARVAEZ
LA JUEZ DE EJECUCION,


ABG. YOLEXSI URBINA MARTINEZ
LA SECRETARIA,


ABG. ELFFY VINCENTI