REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 16 de Junio de 2009
Vista la solicitud de Únicos Universales Herederos, presentada por la ciudadana MARIA MARCANO DE SANTAMARIA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, viuda y titular de la cedula identidad Nro V-1.452.987, asistida por la abogada NINOSKA SOLORZANO RUIZ, en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.510, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en Derecho. En consecuencia, se acuerda examinar como testigos a dos (02) personas, que oportunamente presenten los solicitantes a tenor de los particulares contenidos en el escrito que encabeza las presentes actuaciones, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil y con sus resultas el Tribunal proveerá lo conducente.-
LA JUEZ
NAHIROBY BOSCAN PEREZ
LA SECRETARIA,
ADRIANNE FERNANDEZ
NCBP/AF/Neulys
Sol.1667/09