REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 03 de Junio de 2009
199° y 150°
Vista la presente demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento y sus recaudos, presentada por el ciudadano NELSON ORTIZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 314.944, debidamente asistido por las Abogadas JUANA PACHECO Y GLORIA MARINA GOMEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos 89.028 y 12.289, en sus carácter de Apoderadas Judicial de la parte actora, este Tribunal de conformidad con el Articulo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, la admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia, emplácese a los ciudadanos: ALFREDO ENRIQUE PEÑA ORTA Y OFELIA EUNICE ORTA PEREIRA, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 12.260.525 y 4.814.938, para que comparezcan por ante este Tribunal al Segundo (2°) día de Despacho siguiente a la constancia en autos dejada por el Alguacil de haber practicado la última de las citaciones cualquiera sea su orden, entre las horas de despacho comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a fin de que den Contestación a la demanda, conforme a lo establecido en el Artículo 35 ejusdem. Líbrese Compulsa con su orden de comparecencia al pie y entréguense al Alguacil del Tribunal para que practique las citaciones ordenadas. Cúmplase.
LA JUEZ,

EL SECRETARIO ACC
Dra. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ.

JONATHAN GUILLEN
En esta misma fecha se deja constancia que no se libraron las respectivas compulsas de citación por cuanto la parte actora no proveyó los fotostatos respectivos.
EL SECRETARIO ACC.


SRP/JG/Yaneiza.
Exp. Nº 1393/09.