REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 24 de marzo de 2009
Años 198º y 150º
Vista la anterior diligencia suscrita por el ciudadano Roí Antonio Goncalves Nascimiento, asistido por el abogado Adolfo René Barrios, inscrito en el inpreabogado Bajo el N° 1.804; y visto igualmente el anuncio del recurso de casación contra la sentencia dictada por este tribunal en fecha 5 del presente mes y año, mediante la cual se declaró sin lugar la apelación interpuesta por la parte demandada y confirmó en todas sus partes, la sentencia dictada en fecha 26 de septiembre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue el ciudadano ANTONIO HADDAD SUED, en contra del ciudadano ROI ANTONIO GONCALVES NASCIMIENTO, el Tribunal a los fines de decidir, observa:
El artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios establece: “La decisión de Segunda Instancia en los casos previstos en los artículos 32 y 33 de esta Ley, no tendrá recurso alguno”
Del artículo antes transcrito se colige que la ley antes mencionada prohíbe expresamente la admisión del recurso de casación ejercido contra las sentencias de segunda instancia, como es el caso en concreto, ya que se trata de un juicio de Resolución de Contrato que se rige por la mencionada ley, por lo que resulta forzoso para esta Superioridad declarar INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto en el presente caso. Se deja constancia que el décimo (10mo.) día de despacho siguiente al vencimiento del lapso que se dan para el anunció correspondió el día 23 de los corrientes. Y ASI SE DECIDE.
EL JUEZ
IDELFONSO IFILL PINO
LA SECRETARIA
ABG. MARYSABEL BOCARANDA