REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 31 de marzo de 2009
Años 198º y 149º
Por recibido el presente expediente proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la parte actora en contra de la decisión dictada en fecha 26 de septiembre de 2009, así como del auto dictado por ese Tribunal en fecha 17-02-2009, en el que se niega por improcedente la aclaratoria solicitada, contentivo del juicio RESULUCION DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA, interpuesto por la ciudadana NORELYS DEL CARMEN ALFONSO de MAS en contra el ciudadano MAURICIO ALOISIO PORCO, désele entrada de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los libros respectivos llevados por este Tribunal. En consecuencia, se fija para el vigésimo (20mo.) día de despacho siguientes al día de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito, en cualquier hora de las destinadas por este Tribunal para despachar, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 517 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
ABG. IDELFONSO IFILL PINO
LA SECRETARIA
ABG. MARYSABEL BOCARANDA