REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 09 de marzo del 2009
198º y 150º
Vista la anterior solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO y los recaudos acompañados, presentada por la ciudadana: YUSTHY YAJAIRA UZCATEGUI, Venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 13.223.197, de profesión abogada, Inscrita en el Inpreabogado Nº 128.552, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley la admite, fórmese expediente y anótese en el Libro respectivo. El Tribunal antes de proveer acerca de la Rectificación solicitada, ordena la notificación de la Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil. A tal efecto, líbrese boleta de notificación y anexo a copia certificada de la solicitud, entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la notificación.
LA JUEZ,

DRA. MERCEDES SOLORZANO. LA SECRETARIA,Acc

YRIS FAJARDO
En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el N° 7959, la boleta de notificación y la copia certificada se librarán una vez conste en autos los fotostatos respectivos.
LA SECRETARIA, Acc

YRIS FAJARDO
MS./YF/yanira.