JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 17 de marzo de 2009.-
198º y 150°

Vista la diligencia suscrita por el abogado ANTONIO JOSE MARTINEZ CASANOVA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 104.754, en su carácter de apoderado judicial del Establecimiento Mercantil “ COMERCIALIZADORA SANZ C.A.”, parte demandante, como consta de poder autenticado por ante la Notaria Pública Quinta del Municipio San Cristóbal de fecha 20 de diciembre de 2007, inserto bajo el Nº 67, Tomo 336 de los Libros de Autenticaciones, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el Desistimiento realizado, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, el presente desistimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa ( 90 ) días.- Así mismo, se acuerda el desglose solicitado dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas. Para la elaboración de los fotostatos, se autoriza el ciudadano GEOVANNY CASTRILLON SOLANO, titular de la cédula de Identidad Nº 12.633.399, Alguacil del Tribunal. Igualmente, por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente.-


LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.