JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diecinueve de marzo de dos mil nueve.
198º y 150º

Recibido por distribución, constante todo de veinticinco (25) folios útiles. Fórmese expediente e inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente admitiéndose la presente solicitud. Y por cuanto de la revisión de los recaudos presentados se observa, que se encuentran llenos los extremos de Ley.- En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos DORIS ELISA ROSAL DE CARRASQUERO, FERNAN JOSE y LEONARDO CARRASQUERO ROSAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V- 3.195.015, V- 12.630.211 y V- 14.785.689 en su orden, domiciliados en San Cristóbal, Estado Táchira y hábiles; el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano fallecido FERNAN JOSÉ CARRASQUERO, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.191.251, quién estaba domiciliado en el sector Boca de Caneyes, calle Doña Rosa, Estado Táchira; en su carácter de esposo y padre de los referidos ciudadanos. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.-

LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.