JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 26 de marzo de 2009.-
198º y 150º
Vista la diligencia de fecha 23 de marzo de 2009, suscrita por el ciudadano LUIS ALEXANDER SALINAS AVILA, asistido por el abogado OMAR ALBERTO GARCIA M., mediante la cual consigna lo requerido mediante auto de fecha 17 de marzo de 2009, y por cuanto de la revisión de los recaudos presentados se observa, que se encuentran llenos los extremos de Ley.- En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos FLORINDA ÁVILA DE SALINAS, LUIS ALEXANDER, DAISY JUDITH, FRANK ANTHONY SALINAS AVILA y JULIE LISSETH SALINAS USECHE, venezolanos, mayores de edad, viuda la primera y solteros los segundos, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V- 10.149.511, V-10.152.360, V- 11.500.481, V- 13.350.094 y V- 18.045.186 en su orden, domiciliados en el Pasaje Guasdualito Nº 13-47, sector Puente Real, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira; el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano fallecido LUIS PAULINO SALINAS MÉNDEZ, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.310.263 , quién estaba domiciliado en la el Pasaje Guasdualito Nº 13-47, sector Puente Real, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira; en su carácter de padre de los referidos ciudadanos. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA
ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.
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