JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, seis de Marzo de Dos Mil Nueve.
198º y 150º
Vista la Transacción celebrada por el abogado HECTOR JOSE DAVILA OCQE, apoderado especial del ciudadano GERMAN DIAZ y parte demandante, por una parte y por la otra parte la ciudadana MILANGELY ANGELY CASTRO DE DAGHINIAN, asistida por el abogado CARLOS OMAÑA CONTRERAS, parte demandada. En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA TRANSACCIÓN CELEBRADA, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así mismo, no se ordena el archivo del presente expediente ni se levanta la medida, hasta tanto no conste en autos el cumplimiento total de la obligación contraída. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA
ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.
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