REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Dieciséis de Marzo de Dos Mil Nueve.
198° y 150°
Visto el Convenimiento celebrado entre los Ciudadanos: OMAR ALFONSO ROJAS, parte Oferente y MILAGROS URRIETA LUNA, parte Oferida, en el Expediente Nº 2460-06, en fecha 11 de Marzo de 2.009. Este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. De igual forma se ordena oficiar a Banfoandes a los fines de que aperturen Cuenta de Ahorros en beneficio de las niñas: (Omissis). Así mismo se ordena, una vez conste en autos la apertura de la referida Cuenta de Ahorros, oficiar al Empleador, Gobernación del Estado Táchira, a los fines de que realicen los descuentos acordados en el Convenimiento efectuado entre las partes. CUMPLASE.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Abg. ANA RAMONA ACUÑA
Jueza Provisoria.
Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ
Secretario Titular
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal, librándose el oficio N° 3170- dirigido a Banfoandes.