REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

A fin de continuar con la ejecución de la presente medida Ejecutiva de embargo decretada por el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario Región Los Andes este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guàsimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, la apoderada actora Mexy Castro, y el Funcionario Policial. Se encuentra presente el ciudadano Williams A. Díaz Ramírez, titular de la cedula de identidad N° V-6.898.128, Coordinador de Servicios de la Entidad Bancaria Banco Mercantil, Banco Universal, del Centro Comercial Sambil San Cristóbal, quien fue notificado de la misión y objeto del Tribunal y permite el acceso del Tribunal a su Despacho. En éste estado la apoderada actora Mexi Castro, solicita muy respetuosamente proceda a embargar ejecutivamente el 50% del saldo disponible de la cuenta de ahorros N° 0063-21834-8, cuyo titular fue el ciudadano Héctor Moreno Marquina, cédula de identidad N° V-89.810 y que se encuentra descrita en el numeral 7 de la planilla de la declaración Sucesoral que se encuentra anexa a la presente acta. Seguidamente el ciudadano Juez le requiere al notificado verificar la cuenta suministrada por la apoderada actora. En éste estado el notificado Williams Díaz R. informa al ciudadano Juez que la cuenta N° 0063-21834-8, es una cuenta de ahorros con un saldo disponible de Ciento Cinco Mil Novecientos Sesenta y Un Bolívares con Sesenta y Siete Céntimos (Bs. 105.961,67), cuyo titular era el ciudadano Héctor Moreno Marquina, quien para la presente fecha se encuentra difunto. En éste estado la apoderada actora abogada Mexi Castro, solicita al ciudadano Juez proceda embargar ejecutivamente la suma de Cuarenta y Siete Mil Novecientos Ochenta Bolívares con Ochenta y Cuatro Céntimos (Bs. 47.980,84) que corresponde al 50% que le correspondería a la ciudadana Ana Belén Benítez de Moreno. Seguidamente el ciudadano visto lo informado por el notificado y la solicitud realizada por la apoderada actora Mexi Castro, declara legalmente embargado ejecutivamente la cantidad de Cuarenta y Siete Mil Novecientos Ochenta Bolívares con Ochenta y Cuatro Céntimos (Bs. 47.980,84) declarando la desposesión jurídica de la ejecutada y se ordena la emisión en éste acto de Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario Región Los Andes por la cantidad embargada. Seguidamente el notificado Williams Díaz Ramírez, informa al Tribunal que la cuenta señalada anteriormente se encuentra inactiva, por lo cual en éste momento no puede emitir el Cheque de Gerencia ordenado por el Tribunal, por lo que pide a éste Juzgado le conceda un plazo de 24 horas para desbloquear la cuenta y proceder con la emisión del Cheque de Gerencia. En éste estado el ciudadano Juez expone: Visto lo informado por la parte notificada, ciudadano Williams Díaz, en su carácter de Coordinador de Servicios de la entidad Bancaria Banco Mercantil, sucursal Sambil, este Tribunal de conformidad con el artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, designa al Banco Mercantil en la persona del Coordinador de Servicios, ciudadano Williams Díaz, por un lapso de 24 horas como depositario Judicial provisional de la suma liquida de dinero embargada y cuyo monto asciende a la suma de Cuarenta y Siete Mil Novecientos Ochenta Bolívares con Ochenta y Cuatro Céntimos (Bs. 47.980,84) y quien estando presente con el carácter descrito acepta el cargo y jura cumplir fielmente las obligaciones y se le ordena que en el plazo indicado debe remitir con oficio al Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello del Estado Táchira, Cheque de Gerencia a favor del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, el Juzgado Ejecutor se encuentra ubicado en la calle 6 con carrera 10, Centro Comercial Europa, local 2-B, Sector Centro. Seguidamente la apoderada actora solicita al ciudadano Juez el traslado inmediato del Tribunal, por cuanto no se ha cubierto el monto del decreto de embargo. Seguidamente el ciudadano Juez acuerda de conformidad el traslado inmediato del Tribunal a donde indique la apoderada actora. Se acuerda dejar copia certificada del acta para el copiador de actas llevado por este Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto, siendo las 12:00 del mediodía. Terminó, se leyó y conformes firman. ABG. FELIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. Lugar del Sello. (Fdo). Williams Díaz Ramírez. Notificado Depositario Judicial. (Fdo). ABG. MEXY CASTRO. APODERADA ACTORA. (Fdo). CABO II VICTOR ANGARITA. FUNCIONARIO DE POLITACHIRA. (Fdo). ABG. CARMEN B. MORENO PÉREZ. SECRETARIA. (Fdo).