REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO


Siendo las 12:20 del mediodía de hoy 31 de marzo de 2009 se constituyó éste Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello del Estado Táchira, junto con la apoderada actora Mexy Castro, y el Funcionario Policial. Se encuentra presente la ciudadana Lesbia Jassir de Quiroz Guerrero, titular de la cedula de identidad N° V-9.229.268, Gerente de Servicios de la Entidad Bancaria Banco de Venezuela, Banco Universal, quien fue notificada de la misión y objeto del Tribunal y permite el acceso del Tribunal a su Despacho. En éste estado la apoderada actora Mexi Castro, solicita al ciudadano Juez proceda a solicitar el saldo disponible de la cuenta de ahorros N° 0102-0446-16-01-00002365, cuyo titular es el cónyuge de Ana Belén, ciudadano Héctor Moreno Marquina, el cual se encuentra descrita en el numeral 9 de la planilla de la declaración Sucesoral que se encuentra anexa a la presente acta, así como la cuenta de ahorros N° 0102-0446-13-0100000111, cuyo titular es la ciudadana Ana Belén Benítez de Moreno. Seguidamente el ciudadano Juez le requiere a la notificada se sirva verificar las cuentas suministradas por la apoderada actora y nos indica el saldo para la presente fecha. En éste estado la notificada Libia Quiroz Guerrero. informa al Tribunal que la primera cuenta N° 0102-0446-16-01-00002365, su titular es el ciudadano Héctor Moreno Marquina, titular de la cedula de identidad N° V- 89.810 y presenta un saldo de Setenta y Ocho Mil Sesenta y Ocho Bolívares con Sesenta y Cuatro Céntimos (Bs. 78.068,64), y la cuenta N° 0102-0446-13-01-00000111, si es la ciudadana Ana Belén Benítez de Moreno, presentando un saldo de Veinticinco Mil Ciento Setenta y Ocho Bolívares con Treinta y Ocho Céntimos (Bs. 25.178,38). Seguidamente la apoderada actora abogada Mexi Castro, solicita al ciudadano Juez proceda embargar ejecutivamente la suma de Treinta y Cuatro Mil Treinta y Cuatro Bolívares con Treinta y Dos Céntimos (Bs. 34.034,32) que corresponde al 50% del saldo, una vez que se ha descontado la suma de Diez Mil Bolívares (Bs. 10.000,00), que corresponde a la reserva establecida en el artículo 27 de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras; de la cuenta N° 0102-0446-16-01-00002365 y se embargue ejecutivamente la cantidad de Quince Mil Ciento Setenta y Ocho Bolívares con Treinta y Ocho Céntimos (Bs. 15.178,38), que corresponde al saldo que queda de restar y respetar el monto de 10.000 Bolívares establecido en el artículo 27 de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras; de la cuenta N° 0102-0446-13-01-00000111, para un total de Cuarenta y Nueve Mil Doscientos Doce Bolívares con Setenta Céntimos (Bs. 49.212,70). Seguidamente el ciudadano Juez visto lo informado por la notificada y la solicitud realizada por la parte actora, declara legalmente embargado ejecutivamente la cantidad de Cuarenta y Nueve Mil Doscientos Doce Bolívares con Setenta Céntimos (Bs. 49.212,70). Declarando la desposesión jurídica de la ejecutada y ordena la emisión en éste acto de Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario Región Los Andes por la cantidad embargada. Seguidamente la notificada Lesbia de Quiroz Guerrero, informa al Tribunal que las cuentas señaladas anteriormente se encuentran inactivas, por lo cual en este momento no puede emitir el Cheque de Gerencia ordenado por el Tribunal, por lo que solicita a éste Juzgado me conceda un plazo de 24 horas para desbloquear la cuenta y proceder con la emisión del Cheque de Gerencia. En éste estado el ciudadano Juez visto lo informado por la notificada, ciudadana Lesbia de Quiroz Guerrero, en su carácter de Gerente de Servicios de la entidad Bancaria Banco de Venezuela, sucursal Sambil, este Tribunal de conformidad con el artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, designa al Banco de Venezuela en la persona de la Gerente de Servicios, como depositario Judicial temporal de la suma liquida de dinero embargada y cuyo monto asciende a la suma de Cuarenta y Nueve Mil Doscientos Doce Bolívares con Setenta Céntimos (Bs. 49.212,70) y quien estando presente con el carácter descrito acepta el cargo y jura cumplir fielmente las obligaciones y se le ordena que en el plazo indicado debe remitir con oficio al Juzgado Primero Ejecutor de Medidas ubicado en la calle 6 con carrera 10, Centro Comercial Europa, local 2-B, Sector Centro. Cheque de Gerencia a favor del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, por el monto embargado. Seguidamente la apoderada actora abogada Mexy Castro solicita al ciudadano Juez el traslado inmediato del Tribunal, por cuanto aun no se ha cubierto el monto del decreto de embargo. Seguidamente el ciudadano Juez acuerda de conformidad el traslado inmediato del Tribunal a donde indique la apoderada actora. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto, siendo las 1:26 de la tarde. Terminó, se leyó y conformes firman. ABG. FELIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. Lugar del Sello. (Fdo). Lesbia de Quiroz Guerrero. Notificada Depositaria Judicial. (Fdo). ABG. MEXY CASTRO. APODERADA ACTORA. (Fdo). CABO II VICTOR ANGARITA. FUNCIONARIO DE POLITACHIRA. (Fdo). ABG. CARMEN B. MORENO PÉREZ. SECRETARIA. (Fdo).