REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL


DISPOSITIVA

En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al acusado ALEXIS OMAR MOENA PACHECO, titular de la cédula de identidad No.E-84.322.133, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de un año.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ

DRA. YARLENY MARTIN B.




LA SECRETARIA

ABG. MARVIC VELASQUEZ