REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL

República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función Control
Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
EN SU NOMBRE

Macuto, 06 de marzo de 2009
198° y 149°
CAUSA N° WP01-P-2009-964
JUEZ: YARLENY MARTIN B.
SECRETARIA: MARVIC VELASQUEZ
FISCAL 2º DEL MINISTERIO PÚBLICO: ARACELIS MATAMOROS
DEFENSA PRIVADA: RAFAEL ANTONIO DURAN
IMPUTADO: AIFU WU

DISPOSITIVA

Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, a pesar que la detención del hoy imputado fue bajo la figura de la flagrancia, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud realizada por el Fiscal del Ministerio Público en cuanto a la imposición de la Medida Cautelar Sustitutiva al ciudadano WU AIFU, titular del pasaporte China Nº G02177554, de conformidad con el artículo 256, ordinales 2º, 3º y 8º del Código Orgánica Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de USO DE PERMISO DE RESIDENCIA FALSO, previsto en el articulo 326, ordinal 3 del Código Penal TERCERO: Se acuerdan las copias solicitas.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente sentencia interlocutoria y remítase en su debida oportunidad a la Fiscalía 48 del Ministerio Público a Nivel Nacional.
LA JUEZ DE CONTROL,

DRA. YARLENY MARTIN B.
LA SECRETARIO

ABG. MARVIC VELASQUEZ
WP01-P-2009-964