REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo
Penal en Funciones de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 03 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2005-008018
ASUNTO : WP01-P-2005-008018


Compete a este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano GILBERTO JOSE SALAZAR, de nacionalidad venezolano, natural del Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 04 de Febrero de 1962, de 46 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de Pedro Marcano y de Rosa Salazar domiciliado en Barrio Aeropuerto, Sector A, Vereda 02, Casa N° 07, Parroquia Raúl Leoni,, Estado Vargas, titular de la cédula de identidad N° 6.800.290, a quien se le siguió juicio por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 74 al 82 de la Tercera Pieza, sentencia publicada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio, de fecha 16 de Septiembre de 2008, mediante la cual Absuelve, al ciudadano GILBERTO JOSE SALAZAR, de la acusación formulada en su contra por la Representación de la Fiscalía Novena del Ministerio Público por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópica, por considerar que no existían elementos suficientes de convicción procesal que demostraran la culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal del imputado en los hechos señalados, pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el citado Despacho, mediante auto de fecha 29 de Enero de 2009.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR su exclusión de pantalla cualquier registro policial que se presente en relación a esta causa y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA al ciudadano GILBERTO JOSE SALAZAR, arriba identificado, a quien se le siguió juicio por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópica, en virtud de haber dictado el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, sentencia absolutoria a su favor, en fecha 16 de Septiembre de 2008.
Regístrese, Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminológicas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano GILBERTO JOSE SALAZAR,
LA JUEZ,


ABG. YOLEXSI URBINA MARTINEZ

LA SECRETARIA,


ABG. MARIA LUISA UGUETO