REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. CARAYACA, VEINTISIETE (27) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2009).-
198° y 150°

Vista la anterior solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL y los recaudos anexos, presentada por los Abogados FERNÁN VALDIVIESO NÚÑEZ, YASNALDY ADRIANA CASTRO CASTILLO y ANA ELISA SERRADA RAMIREZ, abogados en ejercicio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-1.735.198; V-13.827.755 y V-10.853.301 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 5.865, 87.553 y 131.872 respectivamente, actuando en representación del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO VARGAS, abogado PEDRO JOSÉ RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 12.139.243, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.388, designado mediante Decreto N° 075-2008, de fecha diecisiete(17) de diciembre de 2008, publicado en Gaceta Oficial del estado Vargas Extraordinaria N° 352, de fecha diecisiete (17) de diciembre de 2008, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 35, ordinal 9 de la Ley de la Procuraduría General del estado Vargas, désele entrada y anótese en el Libro respectivo.- En consecuencia, para la práctica de dicha Inspección, se acuerda el traslado y constitución del Tribunal en el lugar señalado, fijándose para ello el día treinta (30) de marzo del año dos mil nueve (2009), a partir de las seis de la tarde (6:00 p.m.), al haber sido jurada la urgencia del caso por los motivos expuestos y haberlo acordado conforme este Juzgado. Evacuada la misma, devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZA TITULAR,

ABG. LUCIA MASSIMO. S.
LA SECRETARIA,

ABG. SANDRA R. SANTOS G.
En esta misma fecha, quedó anotada en el Libro respectivo bajo el N° 347-2009.-
LA SECRETARIA,

ABG. SANDRA R. SANTOS G.
LMS/Ss/hl