REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, veinte (20) de marzo del año dos mil nueve (2009)
198º y 150º

ASUNTO: WP11-L-2008-000115

Vista la sentencia dictada en fecha ocho (08) de diciembre del año dos mil ocho (2008), por el Tribunal Superior de Primera Instancia de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual declaró parcialmente CON LUGAR, la acción intentada por la parte actora en el presente proceso y definitivamente firme como ha quedado; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de Bolívares NOVENTA Y TRES MIL CINCUENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. F. 93.059,95), que comprende el doble de la suma condenada a pagar de Bolívares CUARENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. F. 40.460,85), más DOCE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO CON VEINTICINCO CENTIMOS (B. F. 12.138, 25), correspondientes al 30% por costas, En caso de embargar cantidades líquidas de dinero, el embargo será por la suma de Bolívares, CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON UN CENTIMO (Bs. F.52.599,01) que comprende la suma condenada a pagar de Bolívares CUARENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. F. 40.460,85), más DOCE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO CON VEINTICINCO CENTIMOS (B. F.12.138,25 ), correspondientes al 30% por costas. Este Tribunal fija para el día miércoles veintisiete (27) de mayo de dos mil nueve (2009) a las once y treinta (11:30 a.m.) horas de la mañana, la práctica de la Medida de Embargo. Cúmplase.

LA JUEZ

Dra. REBECA MARTINEZ
LA SECRETARIA

Abg. ANGELY ARIAS


Parte Demandante: “Jose Emilio Marquez Adriani”
Parte Demandada: “Aeropostal Alas de Venezuela, C.A.”
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.
RM/AA/deyvi.-
EXP. WP11-L-2008-000115