REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 14 de mayo de 2009
199° y 150°


Por recibido el presente expediente procedente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la parte demandante, contra la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 29 de enero del año en curso, contentivo de la ACCIÓN REIVINDICATORIA, incoada por la ciudadana EILYN ALEJANDRA LUNA IBARRA, en contra del ciudadano RAMÓN ALEJANDRO LUNA REVENGA, désele entrada de conformidad con lo establecido en el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los libros respectivos llevados por este Juzgado, en conseREPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 14 de mayo de 2009
199° y 150°


Por recibido el presente expediente procedente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la parte demandante, contra la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 29 de enero del año en curso, contentivo de la ACCIÓN REIVINDICATORIA, incoada por la ciudadana EILYN ALEJANDRA LUNA IBARRA, en contra del ciudadano RAMÓN ALEJANDRO LUNA REVENGA, désele entrada de conformidad con lo establecido en el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los libros respectivos llevados por este Juzgado, en consecuencia, se fija el vigésimo (20mo.) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito, a una cualesquiera de las horas de despacho establecidas en la taquilla del Tribunal, conforme lo establece el artículo 517 ejusdem.
EL JUEZ


ABG. IDELFONSO IFILL PINO

LA SECRETARIA


ABG. MARYSABEL BOCARANDA


IIP/MB/lmm
EXP. N° 1860

EL JUEZ


ABG. IDELFONSO IFILL PINO

LA SECRETARIA


ABG. MARYSABEL BOCARANDA


IIP/MB/lmm
EXP. N° 1860