Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, ocho de Mayo de dos mil nueve.
199° y 150°
Visto el convenimiento realizado por el abogado GONMAR PÉREZ MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.721, en su carácter de apoderado judicial de la Compañía Anónima SEVENTEEN COLLECTIONS C.A., parte actora, por una parte y por la otra parte la ciudadana NAIL GREGORIA BOLIVAR IZAGUIRRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.213.085, en su condición de codemandada, asistida por la abogada LESLY KAROL GONZALEZ NATERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.615, efectuado en el acta de embargo practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, de fecha 12 de Febrero de 2009, que corre agregada en el cuaderno de medidas a los folios 12 al 15. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada.
La Juez Titular
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria
IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
Exp. Mercantil N° 33663
Elena
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