JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veinticinco de mayo de dos mil nueve.-
199º y 150º
Recibido por distribución, constante todo de once (11) folios útiles, escrito presentado por el ciudadano MARIO ANTONIO DÍAZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.793.647, de este domicilio y hábil, asistido por el abogado en ejercicio OSCAR ALBERTO TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 68.147. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por evidenciarse que el presente caso se refiere a un de error material consistente en omisiones y errónea trascripción de nombre. Con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA PROCEDENTE, los pedimentos formulados por el ciudadano MARIO ANTONIO DÍAZ GARCÍA, ya identificado, y revisada como ha sido la documentación presentada, considera, PRIMERO: Se considera que aparece erróneamente escrito en la Partida de Nacimiento el nombre del padre al escribírsele como “YSIDRO” siendo lo correcto “ISIDRO”. SEGUNDO: que no aparece inserto en la partida de nacimiento, objeto de la presente solicitud el segundo apellido del padre, por cuanto se escribió “YSIDRO DÍAZ”, debiendo ser lo correcto “ISIDRO DÍAZ OSORIO”. TERCERO: De igual manera se indica que no aparece inserto en la partida de nacimiento, objeto de la presente solicitud el primer nombre de la madre, por cuanto se escribió “ROSA GARCÍA”, debiendo ser lo correcto “ANA ROSA GARCÍA”. Por lo anterior, se DECLARA procedente la rectificación de la PARTIDA DE NACIMIENTO en el sentido de estampar la nota marginal correspondiente que indique lo expresado en los numerales PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO. Y ASÍ SE DECIDE. En consecuencia ofíciese al Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y Registro Principal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la nota marginal en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 54, de fecha 31 de enero de 1957, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Pedro María Morantes del Distrito San Cristóbal, Estado Táchira, perteneciente al ciudadano MARIO ANTONIO DÍAZ GARCÍA, lo indicado en los numerales PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO. Líbrese oficios junto con copias certificadas de la presente decisión y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,
Abg. Juan José Molina Camacho
La Secretaria temporal,
Abg. Nayreth Guevara
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 5861 del libro respectivo y se dejó copia para e archivo bajo el N° 191 se libró oficio No. 519 y 520
Emily.-
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