JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, cinco de mayo de dos mil nueve.-
199º y 150º
Recibido por Distribución constante todo de (07) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser el pedimento formulado por la ciudadana ANA JANNETT RUEDA DE PERFECTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.232.137, asistida por la abogada Gaudys Gicela Rueda Medina, titular de la cédula de identidad No. V-5.677.334, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 28.444; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE, el pedimento formulado por la ciudadana ANA JANNETT RUEDA DE PERFECTO, ya identificada, y revisada como ha sido la documentación presentada, considera que aparece erróneamente escrito en la nota marginal el nombre de la solicitante al escribírsele como “JANNETTE” siendo lo correcto “JANNETT”. Y ASÍ SE DECIDE. En consecuencia ofíciese al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la extranota marginal que causa la presente rectificación en la PARTIDA DE NACIMIENTO N° 900, de fecha 18 de septiembre de 1.967, inserta por ante la Prefectura del Municipio San Sebastián del Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, específicamente en la nota marginal de tal partida, perteneciente a la ciudadana ANA JANNETT RUEDA DE PERFECTO. Líbrese oficio junto con copia certificada de la presente decisión y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Abg. Juan José Molina Camacho
La Secretaria temporal,

Abg. Nayreth Guevara

En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 5794 del libro respectivo y se dejó copia para e archivo bajo el N° 155, se libraron oficios No. 438

Emily.-