REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, doce de mayo de dos mil nueve.
199° y 150º
Vista la conciliación, celebrada en el expediente N° 1.623-05, por Obligación de Manutención entre los ciudadanos BLANCA MERY PITA DE MÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.998.944 y JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ SIERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.990.662, a favor de los adolescentes (se omite el nombre) y por cuánto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 8 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Quince Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Banco de Fomento Regional los Andes a fin de aperturar Cuenta de Ahorros. Cúmplase.
El Juez Titular.
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria.
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas
En la misma fecha se notificó al Fiscal Quince Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente y se libró oficio N° 3130-408 al Banco Banfoandes.
El Sria.
Exp. 1.623-05