REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 19 de mayo de 2009.
199° y 150º
Vista la conciliación, celebrada por ante este Despacho, en el expediente 2135-09, por Obligación de Manutención entre los ciudadanos MARBEL SANGUINO SANGUINO, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía No.CC-60.438.756 y IRIARTE FERNANDEZ VICTOR RAMON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-15.957.772, a favor de la niña (se omite el nombre); y por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Catorce Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Banco de Fomento Regional Los Andes a los fines de apertura de la cuenta de ahorros. Cúmplase.
El Juez Titular.
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria.
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas
En la misma fecha se notificó al Fiscal Quince Catorce Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente y se ofició bajo el Nº 3130-449.
El Sria.
Exp. 2135-09