REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Rubio, Veintiuno de Mayo de dos mil nueve.
199º y 150º
Vista la diligencia suscrita por la Ciudadana: ERIKA YELITZA MENDOZA FLORIDO, de fecha 18 de Mayo de 2.009, actuando con el carácter acreditado en autos, quien expuso: “…la solicitud de diligenciar el cierre del expediente N° 2223-05 llevado por este Tribunal como obligación alimentaria del ciudadano RICHARD MENESES con el menor ERIC JOSUE P. MENESES M. debido a que en común acuerdo con las partes, el demandado manifestó hacerse cargo directamente de los gastos del menor, anteriormente mencionado…”.
El Tribunal para decidir observa, que a tenor del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, que señala: “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.
Por las razones antes expuestas ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHI RA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte al DESISTIMIENTO formulado por la Ciudadana: ERIKA YELITZA MENDOZA FLORIDO, Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.516.250, parte solicitante en la presente obligación de manutención, su HOMOLOGACIÓN, conforme lo establece el artículo 263 ejusdem. Razón por la cual se ordena oficiar al Comandante de Operaciones de Personal de la Aviación, caracas, a los fines de que se suspendan los descuentos por nómina.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

Abg. ANA RAMONA ACUÑA
Jueza Provisoria

El Secretario Temporal,



Abg. NELSON EDUARDO FLORES GALVIZ

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las Dos y Treinta de la Tarde (2:00 p. m.), déjese copia para el archivo del Tribunal, y se libro oficio N° 3170-656.

Expediente Nº 2223-05.-