REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 3271-09
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION
DEMANDANTE: EVA MARIA CABALLERO.
DEMANDADO: LUIS FERNANDO PEREZ GARCIA.
En el día de hoy, ocho (08) de mayo de 2009, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, siendo las diez de la mañana (10:00 am.), los ciudadanos EVA MARIA CABALLERO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.587.345 y LUIS FERNANDO PEREZ GARCIA, colombiano, titular de la cédula de identidad Nº E.- 82.103.680, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por Obligación de Manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano LUIS FERNANDO PEREZ GARCIA, quien manifestó: “Propongo una cuota de manutención alimentaria de ciento cincuenta bolívares fuertes quincenal para un total de trescientos bolívares fuertes mensual, así como la cantidad de seiscientos bolívares como cuota especial en agosto y diciembre para gastos escolares y vestido. También me comprometo en sufragar los gastos médicos en un 50 % de ellos”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana EVA MARIA CABALLERO quien manifestó: “Estoy de acuerdo con lo propuesto por el padre de mis hijos”. El tribunal ordena aperturar la cuenta en Banfoaandes para los depósitos correspondientes al presente acto conciliatorio. Es todo. El presente aumento comenzara a regir a partir del 01 de mayo de 2009. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
EVA MARIA CABALLERO
LUIS FERNANDO PEREZ GARCIA
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABOG. NELSON EDUARDO FLORES GALVIZ