REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

San Cristóbal Estado Táchira, martes 19 de mayo de 2009, siendo las 9:10 de la mañana, se trasladó y Constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con el abogado Oscar Useche, titular de la cédula de identidad N° V-3.070.206 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 12.835, apoderado judicial de Almacenes Vestiven, C.A., en un inmueble ubicado en la calle 15, con esquina carrera 30, donde funciona la Inmobiliaria Andina, C.A., a fin de llevar a cabo la notificación del Amparo a la Posesión, decretado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, mercantil y del Transito de ésta Circunscripción Judicial, demanda incoada por la Sociedad Mercantil Almacenes Vestiven, C.A., contra el ciudadano pedro Castiblanco Cendales, Interdicto de Amparo a la Posesión, expediente N° 6854. El Tribunal se hizo acompañar del Cabo II. Víctor Angarita, placa 305, Funcionario Politáchira. SE encuentra presente la ciudadana Karyme Waltron, colombiana, cédula de ciudadanía N° 68.307.181, quien dijo ser la secretaria y quien manifestó verbalmente sus datos identificatorios, mas no presentó su cédula de ciudadanía y quien fue notificada del objeto y misión del Tribunal. Ahora bien, el ciudadano Juez, visto que el derecho a la defensa es un derecho inherente a la persona humana garantizado y protegido en todo grado y estado del proceso y por ser la fase de ejecución una fase del proceso, se le concede al notificado un lapso de 20 minutos para que ubique a la parte demandada para que por sí o por medio de un Abogado que defienda sus derechos e intereses de conformidad con lo establecido en el articulo 49, ordinal primero de la Constitución Nacional, desarrollado jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, Sentencia N° 10, de fecha 02/02/2000 en concordancia con el articulo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del articulo 23 de la Carta Magna, suspendiendo el acto por dicho lapso. Transcurrido el plazo, la notificada Karyme Waltron, informa al Tribunal que se comunicó vía telefónica con el Licenciado Pedro Castiblanco, quien le manifestó que él no se iba a hacer presente en el acto y que no firmara ni recibiera nada. Seguidamente el ciudadano Juez le concede el derecho de palabra al abogado actor Oscar Useche, quien expone: Visto lo manifestado por la ciudadana Karime Waltron, solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez, suspenda la presente ejecución y se mantenga la presente comisión en el archivo del Tribunal. El ciudadano Juez, visto lo solicitado por el abogado actor acuerda de conformidad suspendiendo el acto y acuerda mantener la comisión en el archivo del Tribunal. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevado por éste Tribunal. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto siendo las 9:45 de la mañana, regresando a la sede natural del Tribunal. Leída el acta a todos los presentes sin presentar ninguna objeción, conformes firman. Lo enmendado “Walteros, se suspenda” Valen. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Karyme Walteros. Notificada. (Se negó a firmar). Abg. Oscar Useche. Apoderado Actor. (Fdo). Cabo II Víctor Angarita. Funcionario de Politáchira. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria. (Fdo).