REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano JEFFYRES JOSE URBINA RODRIGUEZ, arriba identificado, por la presunta participación en el delito de ROBO GENÉRICO, previsto en el articulo 455 del Código Penal, designándose en consecuencia como centro de reclusión el Internado Judicial Capital el Rodeo I, Estado Miranda, todo por encontrarse llenos los extremos establecidos en los numerales 1º, 2º y 3º del articulo 250 y los numerales 2º y 3º y parágrafo primero del articulo 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se DECRETA la aplicación del procedimiento especial ABREVIADO por flagrancia, de conformidad con lo establecido en los artículos 248, en concordancia con el articulo 249, concatenados con el numeral 1º del artículo 372 y segundo aparte del articulo 373, todos del Código Orgánico Procesal Penal, razón por la cual se ordena la remisión de las presentes actuaciones en su estado original al Juez Unipersonal de Juicio de este Circuito Judicial Penal. TERCERO: Se declara sin lugar la solicitud de libertad plena incoada por la Defensa. Se acuerda la expedición de copias requeridas por las partes. La presente acta se fundamentará por auto separado, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente se acuerda librar los oficios correspondientes. Quedan notificadas las partes. Se declara concluida la presente audiencia, siendo las 03:30 p.m., es todo. Terminó, se leyó y firman conforme:
EL JUEZ,


ABG. LENIN DEL GUIDICE GALEANO.

LA FISCAL 2° DEL M.P.


ABG. BEREMIG RODRIGUEZ

LA DEFENSA PÚBLICA 17°,


ABG. TIBISAY VERA
EL IMPUTADO,


JEFFYRES JOSE URBINA RODRIGUEZ

LA VICTIMA,


DE GOUVEIA FARINHA MARIA JOSE


LA SECRETARIA,


ABG. YUMAIRA REQUENA



LdelGG/nuvis