REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 28 de Mayo de 2009
199° y 150°

Vista la anterior diligencia suscrita por el Abogado José Capriles Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.118, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora ciudadano JOSE PEREIRA ,Titular de la Cédula de Identidad Nº 4.560.163, en consecuencia, este Tribunal definitivamente firme como se encuentra la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 07/08/2009, que riela a los folios 11 al 14, decreta su Ejecución , a cuyo efecto se le concede a la parte demandada un lapso de de Tres (03) días de Despacho, para que dé cumplimiento voluntario a dicha decisión, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 892 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ

EL SECRETARIO ACC.

JONATHAN GUILLEN
EXP. N° 1316/08
SRP/JG/yaneiza