REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, veintiuno (21) de mayo del dos mil nueve (2009)
199° y 150°

ASUNTO N° WP11-S-2009-000043

Vista la anterior Oferta Real de Pago presentada por el Profesional del Derecho ALIRIO ANTONIO ARIAS ALTAMIRA, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa T.V. CABLE LITORAL, C.A., este Tribunal Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo la ADMITE, cuanto ha lugar en derecho; en consecuencia, se ordena: PRIMERO: La apertura de una Cuenta de Ahorro a nombre del Ciudadano PEDRO RAFAEL MEDINA SUÁREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.058.214, en el BANCO DE FOMENTO REGIONAL LOS ANDES (BANFOANDES) Banco Universal, por la cantidad de Quince Mil Quinientos Treinta y Tres Bolívares con Treinta y Cuatro Céntimos (Bs. 15.533,34), y para tal efecto líbrese oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (O.C.C) de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: La notificación del Oferido Ciudadano PEDRO RAFAEL MEDINA SUÁREZ, identificado ut supra, a fin de que comparezca por ante el Tribunal, en horas de despacho, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes al de la constancia que ponga el Secretario en autos, de haber cumplido con dicha actuación, a los efectos de solicitar el retiro de la cantidad de Quince Mil Quinientos Treinta y Tres Bolívares con Treinta y Cuatro Céntimos (Bs. 15.533,34), consignada en la Oferta Real o en su defecto a manifestar lo que creyere conveniente. Líbrense Boleta de Notificación, Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ PROVISORIO


Dr. ARNALDO RODRIGUEZ LEÓN
LA SECRETARIA

Abg. ANGELA PADRÓN

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

Abg. ANGELA PADRÓN
ARL/AP/Angel*
WP11-S-2009-000043