REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, lunes veintitrés (23) de noviembre del dos mil nueve (2009)
199° y 150°
ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2009-000236
PARTE ACTORA: MARIO JOSE LOYO MENDOZA, Venezolano, mayor de edad y titular de las cédulas de Identidad Nros V-10.254.046.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ROGER ANTONIO AGUEY ALFONZO Y RICHARD ZARATE RODRIGUEZ, Abogados inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 23.001 y 97.687, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “TRANSPORTE LOS DELFINES A. R. C. A.”
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: SONIA FERNANDES MARTINS, Abogada inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 57.815.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día hábil de hoy, lunes veintitrés (23) de noviembre del dos mil nueve (2009), siendo las once y treinta (11:30 a. m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: ROGER ANTONIO AGUEY ALFONZO, RICHARD ZARATE RODRIGUEZ y SONIA FERNANDES MARTINS, plenamente identificados. PRIMERO: Luego de iniciado el acto, ambas partes manifiestan que han llegado a un acuerdo conciliatorio en la presente causa. A continuación, la apoderada judicial de la parte demandada ofrece cancelarle a la parte actora la cantidad de TRECE MIL TREINTA Y SEIS BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 13.036,95), por concepto de liquidación de prestaciones sociales, por la labor prestada en el lapso comprendido entre el 01 de septiembre de 2000, hasta el día 23 de marzo de 2009, Último Salario Promedio Mensual: Bs. 799,23, Cargo desempeñado: Despachador, Motivo de egreso: Renuncia.

CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad acumulada: Art. 108 LOT, 50 d. Bs. 7.959,05
Días adicionales de antigüedad, 56 días Bs. 1.922,48
Vacaciones fraccionadas: Art. 219 LOT, 11,46 días Bs. 3.848,41
Bono vacacional fraccionado: Art. 223 LOT, 7,5 días Bs. 2.251,08
Cesta tickets (01-05-06 al 09-03-09) Bs. 10.349,48
Total Prestaciones Sociales: Bs. 26.330,05
Anticipo de prestaciones Bs. 13.293,55
Total adeudado Bs. 13.036,95

Dichos Conceptos suman la cantidad de TRECE MIL TREINTA Y SEIS BOLÍVARES CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 13.036,95), el cual será cancelado el día lunes treinta (30) de noviembre del presente año, por ante la sede de este circuito judicial y ambas partes dejarán constancia del mismo en el expediente. Seguidamente, la parte demandante acepta y conviene que con el pago ofertado, quedan satisfechos todos los conceptos laborales demandados, no quedando a deber ni estos ni ningún otro concepto derivado del vínculo laboral que los unió. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ

LAS PARTES COMPARECIENTES:

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA,


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,




LA SECRETARIA,

ABG. VIANNERYS VARGAS
Exp. Nº WP11-L-2009-000236