JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, dieciséis de noviembre de dos mil nueve.
199º y 150º

De las actas procesales que conforman el presente expediente N° 5857 se evidencia que se trata de un juicio de COBRO DE BOIVARES POR INTIMACIÓN, intentado por la abogada MARTHA JANETH GARCIA DE SANCHEZ, apoderada judicial de BANFOANDES BANCO UNIVERSAL COMPAÑIA ANONIMA (BANFOANDES), contra SARDUA CARLOS JAVIER, PEREZ JIMENEZ HERNAN Y SARDUO CALVO FLOR MARIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.114.239, V-10.294.726 y V-1.334.685, en su orden; y vista la diligencia suscrita el 27 de octubre de 2009, por el abogado actor Carlos Julio Pernía Duque, donde consigna convenimiento suscrito con los demandados, por ante la Notaría Pública Cuarta de Valencia, en fecha 22-10-2009.
El convenimiento, es una declaración emanada del demandado, en virtud de la cual manifiesta estar total o parcialmente de acuerdo con los hechos señalados por el actor en su libelo y a su vez, acepta en forma integral las consecuencias de la reclamación formulada; es un acto netamente procesal. El artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, expresa que:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.
Ahora bien, por cuanto el convenimiento suscrito no es contrario a derecho, ni esta prohibido por Ley, por ello este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al convenimiento efectuado por la abogada MARTTA JANETH GARCIA, apoderada judicial de BANFOANDES, y los demandados SARDUA CARLOS JAVIER, PEREZ JIMENEZ HERNAN Y SARDUA CALVO FLOR DE MARIA, asistidos por el abogado José Manuel Moronta Silva, otorgándole su APROBACIÓN, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°
Marilú