JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, seis de noviembre de dos mil nueve.
199º y 150º
En el presente juicio N° 5959, instaurado por NELSON STEWARD RODRIGUEZ PORRAS, contra LUIS ALBERTO SALAS UMAÑA, por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN y vista el acta de fecha 13 de agosto de 2009, suscrita por el demandante NELSON STEWARD RODRIGUEZ PORRAS, asistido por el abogado César Ochoa y por la ciudadana LAURYN ARIZMENDI, asistida por la abogada Jubett Carrero; mediante la cual suscribieron un acuerdo de pago, a los fines de dar por terminado el juicio; este Juzgador por lo que respecta al acuerdo efectuado; entre los mencionados ciudadanos le da su APROBACIÓN, pero se ABSTIENE de homologar el mismo, por cuanto a la ciudadana LARYN ARIZMENDI, no es parte en el juicio, ya que a la misma ni se le pretende ni se le reclama en el libelo de la demanda, por lo tanto no puede ser sujeto en cualidad suficiente para transar con la parte accionante, y ASI SE DECIDE.
De acuerdo con las consideraciones expuestas este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, APRUEBA el acuerdo realizado en diligencia de fecha 13-08-2009, por el demandante NELSON RODRIGUEZ y por la ciudadana LAURYN ARIZMENDY USECHE, asistidos de los abogados César Ochoa y Jubett Carrero, respectivamente, en los términos allí establecidos; pero no se homologa por lo antes expuesto, y vista la diligencia de fecha 21 de septiembre de 2009, suscrita por la parte actora se acuerda:
• LEVANTAR LA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada el 07 de julio de 2009.
• Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
El Juez temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria,
Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión, se dejó copia bajo el Nº
Marilú
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