REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio.
199º y 150º
En fecha 29 de octubre de 2009 es presentado ante este Despacho Judicial, escrito por el cual el ciudadano JACKSON YHONNEY LAGUADO CARDENAS, asistido por el profesional del derecho Miguel Angel Moreno Sánchez, ya identificados; solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento signada con el No.1858 de fecha 18 de octubre de 1984, asentada ante el Prefecto Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del Estado Táchira; ya que en su referida Partida de Nacimiento se cometió el error material de escribir YACKSON con “Y” cuando lo correcto es JACKSON con “J”, por ello solicita una vez corregido el error material, se oficie lo conducente tanto al Registrador Civil del Municipio Bolívar, así como al Registrador Principal del Estado Táchira.(fl.1-2) Anexó documentos escritos que rielan a los folios 3-6.
Por auto de fecha 02 de noviembre de 2009(fl.7) es admitida la solicitud, ordenándose la notificación a la Fiscalía del Ministerio Público. Se libró boleta.
Al vuelto del folio 09, riela diligencia de fecha 12 de noviembre de 2009, por la cual el Alguacil de este Tribunal consigna boleta de notificación debidamente firmada por la representación de la Fiscalía XIII del Ministerio Público.
Diligencia de fecha 25 de noviembre de 2009 (fl.10) por la cual el Fiscal Auxiliar XIV del Ministerio Público, manifiesta que considera se encuentran llenos los requisitos de Ley para la procedencia de la Rectificación solicitada.
Pruebas Aportadas por el Solicitante.
Fotocopia certificada de la Partida de Nacimiento No.1858 de fecha 18 de octubre de 1984, asentada ante el Prefecto Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del Estado Táchira, a nombre de YACKSON YHONNEY. Certificación expedida por la ciudadana Registradora Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira, en fecha 09 de Julio de 2009.
Fotocopia simple de la cédula de identidad No.V-16.693.557, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de JACKSON YHONNEY LAGUADO CARDENAS.
Fotocopia simple del pasaporte 003036639, República Bolivariana de Venezuela, a nombre de JACKSON YHONNEY LAGUADO CARDENAS, titular de la cédula de identidad No.V-16.693.557.
Los documentos aportados son valorados por este operador de Justicia, sobre la base del artículo 1.357 del Código Civil Venezolano en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, por ser documentos expedidos por funcionarios facultados para esto.
Establece el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente:
“En los casos de errores materiales cometidos en las actas del Registro Civil, tales como cambio de letras, palabras mal escritas o escritas con errores ortográficos, transcripción errónea de apellidos, traducciones de nombre, y otros semejantes, el procedimiento se reducirá a demostrar ante el Juez la existencia del error, por los medios de prueba admisibles, y el Juez con conocimiento de causa resolverá lo que considere conveniente” (cursivas del Tribunal)
En la causa sub iudice, este Jurisdicente, previa valoración del material probatorio aportado por el solicitante, y vista la opinión del Fiscal del Ministerio Público, considera que está suficientemente demostrado el error material en que se incurrió en la Partida de Nacimiento No.1858 de fecha 18 de octubre de 1984, asentada ante el Prefecto Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del Estado Táchira, a nombre de YACKSON YHONNEY.
Por tanto el primer nombre del solicitante es JACKSON y no YACKSON, como erradamente aparece. Así se decide.
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sobre la base de los artículos 26 y 49 de nuestra Carta Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Rectificación la Partida de Nacimiento No.1858 de fecha 18 de octubre de 1984, asentada ante el Prefecto Civil del Municipio San Antonio, hoy Municipio Bolívar del Estado Táchira, a nombre de YACKSON YHONNEY. En consecuencia, se Ordena tanto a la Oficina de Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira así como a la Oficina de Registro Civil Principal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, colocar la respectiva nota marginal en la referida Acta de Nacimiento, en lo que respecta al primer nombre del solicitante JACKSON.
Ofíciese lo conducente a los indicados Despachos Registrales, remitiéndoles Copia Certificada de la presente decisión, una vez quede firme.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Antonio del Táchira, a los 27 días del mes de noviembre de 2009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Titular.
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria Titular.
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las ocho y treinta minutos de la mañana (08:30 a.m) dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Secretaria.
Exp.2318-09
PAGP/rmmr
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